AYUDA AL CONDÁDO DE LAS ÁNIMAS. (P. DEL S. 311.) UN ACTO PARA AYUDAR AL CONDÁDO DE LAS ÁNIMAS EN CONSTRUIR UN $15,000 apro Decrétese por la Asamblea General del Estado de Colorado: struccion. SEC. 2a. El Gobernador del Estádo, el ingeniéro de Estádo y el presidente del cuerpo de comisionados de condádo del condádo de Las Ánimas, serán, y por ésta Cuerpo de conconstituyen un cuerpo, que será designado como el cuerpo de construccion, de cuyo cuerpo el Gobernador será el presidente y el ingeniéro de Estádo será el secretario. Modo de pro SEC. 3a. Será el deber del cuerpo, tan pronto como pueda ser después de que este acto tome efécto, de examinar la ruta de dicho camino propuesto, y causar que una agrimensura de lomismo sea hecha; despues de lo ceder. cual ellos darán aviso para la construccion de lomismo. Dicho aviso será insertado á lo ménos treinta dias, en tres diferentes periódicos, los cuáles serán publicados en el Estádo. SEC. 4a. Después de la agrimensura de la ruta de dicho camino y del establecimiento del grado de lomismo, Contrata para construccion. ellos darán el contrato para la construccion de lomismo la al postor más bajo, y requerir una buena y suficiente fianza de la parte ó partes contratando, en la suma de quince mil pesos, condicional para el compleménto del trabajo en concordancia del contrato. SEC. 5. Cuando dicho trabajo sea cumplído segun el contrato, y aceptado por el dicho cuerpo, el Auditor de Estádo es por ésta dirigído de expedír un abóno ó El Ingeniero de abonos por la suma, bajo el certificado del ingeniéro de estádo certificará Estádo de que el dicho trabajo ha sido concluido en conformidad con el contrato, y que el mismo ha sido aceptado por el cuerpo. Estipulación. Emergència. SEC. 6. Proveído: Que ningúna porcion de los fondos apropiados será por terrenos sobre los cuáles tales mejóras serán puestas, y no se harán tales mejóras sí es hallado impracticable por el ingeniéro de Estádo, después de que una cuidadosa medida haya sido hecha; que todo costo por tal agrimensura será pagado del fondo internal de mejoras. SEC. 7. Apareciéndo que una emergéncia exíste, por lo tanto es el juício de la Asamblea General que éste acto tome efecto y esté en fuérza desde y después de su pasaje. Aprobado Abril 24, de 1889. COLÉGIO DE AGRICULTURA. (P. DE LA C. 207.) UN ACTO PARA APROPIAR LA SUMA DE DIEZIOCHO MIL (18,000) PESOS PARA Decrétese por la Asamblea General del Estado de Colorado: SECCION 1a. La suma de dieziocho mil (18,000) pesos son por ésta apropiados de cualesquier dinero de la |